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José María Arguedas

jueves, 7 de agosto de 2014

Entrevista a la señora Mirtha Vásquez, abogada de la familia Chaupe, luego de sentencia yanacochina

Miltón Sánchez.- El día 5 de agosto de 2014 hemos asistido a la sentencia del caso de la familia Chaupe. Dra. ¿qué nos podría comentar respecto a este proceso judicial que se sigue en Celendín?

J. Padilla, Juez yanacochino
Dra. Vásquez.-  Hoy, 5 de agosto de 2014, hemos venido a escuchar la sentencia que ha emitido el Juzgado en el caso de la familia Chaupe denunciada por la minera Yanacocha por usurpación. Estamos bastante sorprendidos por el tema de la sentencia porque creemos que durante el proceso nosotros hemos sostenido permanentemente que ese predio pertenece a la familia Chaupe; hemos probado que no solamente compraron el predio sino que han sido reconocidos como posesionarios por la propia comunidad de Sorochuco. L a empresa minera, por su parte, no ha probado la posesión previa del predio, que es un requisito que se tenía que haber acreditado porque la usurpación significa que alguien despoja de su predio a otra persona que lo está poseyendo; entonces acá la minera debió acreditar específicamente que ellos poseían el predio Tragadero Grande. Sin embargo el Juzgado ha asumido la teoría de la empresa, por ejemplo, la empresa ha sostenido que, en efecto, no han podido acreditar ningún acto posesionario en Tragadero Grande; es decir no han acreditado que hayan estado en ese lugar. La empresa minera cambió, durante el proceso, de estrategia y empezó a decir de que en realidad su predio es mucho más amplio, 5800 hectáreas. Primero ellos decían dos por tres metros, después han dicho que es una hectárea; en otras oportunidades han dicho que son 20 metros, etc.. Entonces el Juez está asumiendo esta teoría y dice que la empresa minera, efectivamente, ejercía posesión en los 5800 hectáreas y que, bueno, en el predio Tragadero Grande no hay nada, pero el Juez asume que la carretera a Santa Rosa que pasa a un kilómetro, es una carretera construida de propiedad de la minera porque la empresa minera presentó como prueba un informe del Ministerio de Transportes donde, el MT, dice que por la zona no tiene una carretera pública. Sin embargo sabemos que el MT no tiene, en primer lugar, un catastro de vías terminado, y, en segundo lugar, que el MT diga que esta carretera no la construyó el ministerio como tal no quiere decir que la carretera sea de propiedad de Yanacocha o que haya sido construida por esta empresa.

MS.- ¿Cuál es la sentencia que ha emitido el Juez?


Dra. Vásquez.-  La sentencia condena a la familia Chaupe, a los  cuatro miembros de la familia Chaupe, como autores de delito de usurpación y los condena a dos años ocho meses de pena privativa de libertad, pero en calidad de suspendida, y señala también el Juez que la familia tendrá que pagar una reparación civil de 5500 soles a favor de la empresa minera de manera solidaria; y también señala que ellos deben asumir las costas del proceso, es decir, todos los gastos que significa llevar un juicio adelante. Lo complementario, además, es que ordena el Juez que la familia salga del predio, restituya el predio a la empresa minera, entregue el predio a la empresa minera y que, de no hacerlo,  procederán a hacer el lanzamiento. Esa sería la sentencia.


MS.- Hemos visto también cómo la familia Chaupe acredita la posesión de estos bienes o de estos terrenos con un certificado de posesión que le da la comunidad indígena de Sorochuco, ¿aceptaron estas pruebas en este proceso?

Dra. Vásquez.- Al final esto fue aceptado, han aceptado los certificados de compra venta, el certificado de posesión de la familia Chaupe; además eso no solamente acreditaría la posesión de la familia Chaupe sino que además tenemos que en las actas de inspección se ha dejado constancia de que existirían, por ejemplo, construcciones antiguas que había hecho la familia, que existirían sembríos, que existirían algunas chozas; sin embargo el Juez concluye de que esto solo son indicios de que la familia ha poseído en el 94 el terreno sin embargo que ahora ya no lo posee. Esa conclusión me parece bastante subjetiva porque en realidad está dando por cierto lo que la empresa dice y esta simplemente está valorando el dicho de la empresa, pero no que desvalora o considera de manera diferente la declaración y los testimonios de la propia familia.

MS.- Lo que hemos visto también es que el Juez argumenta que la familia ha estado en Lima trabajando, pero nosotros vemos que esto no significaría que ellos dejan de ser propietarios porque van a trabajar a Lima, ¿cómo lo toman ustedes y si es que van a apelar esta sentencia?


Dra. Vásquez.- Para nosotros es importante decir que la familia haya aceptado, porque lo han dicho honestamente que por temporadas don Jaime, el jefe de la familia, como lo hacen todas las familias campesinas, viajaba en tiempos de sequía a trabajar a las ciudades; eso no significa que pierdan su propiedad o pierdan la posesión. Ellos claramente han indicado que cuando viajaban a Lima dejaban encargado el terreno, seguían en el terreno pastando otras personas por encargo de ellos. Entonces nos parece que este es un argumento también bastante débil para decir de que la familia ya no poseía el terreno. Nosotros, en efecto, hemos interpuesto apelación, el día de hoy (5 de agosto 2014) y tenemos tres días para fundamentar esta apelación. Lo vamos a hacer porque, como la vez pasada creemos que esta sentencia no está arreglada a Ley, que es una sentencia en la que nosotros vemos que no ha habido suficientes fundamentos o medio probatorios; en todo caso los medios probatorios que se han presentado han sido interpretados a favor de la empresa minera y nosotros vamos a interponer el Recurso de Apelación correspondiente para que el caso pase nuevamente a la Sala en Cajamarca, que pueda ser reevaluado y pueda hacer objeto de un nuevo pronunciamiento que se encuentre conforme a Ley.

MS.- Eso quiere decir que este proceso se continuaría en una instancia de apelación en la provincia de Cajamarca, ya no en Celendín.

Dra. Vásquez.- Si, la apelación hace que el proceso pase a una Segunda Instancia que se encuentra en Cajamarca ya no en Celendín. Creemos que en Cajamarca la Sala, como fue la vez pasada, tiene mejores criterios para evaluar este tema, y estamos otra vez en el intento de que se vuelva a evaluar el caso en la Sala con la esperanza de que allá, con los medios probatorios que se han presentado, se pueda declarar a la familia más bien absuelta y dejar que siga en el terreno que está ocupando.

Luis Chávez.- Notamos a la familia, y a la gente que la está acompañando en estas circunstancias, muy acongojadas, muy tristes, ¿qué nos puede decir a todos y, en especial, a la familia?


Dra. Vásquez.- Es natural, yo creo que la familia se sienta no solamente triste sino indignada a fallos como éstos porque, en éstos fallos, lo que podemos ver es que hay una interpretación claramente a favor de la empresa de todo lo que se actúa: se toma en cuenta lo que la empresa argumenta, en cambio lo que la familia puede argumentar, puede señalar, son cosas que no se toman en cuenta, que no se valoran, que, finalmente, no son, de alguna manera, analizadas teniendo en cuenta el principio de la presunción de inocencia: entonces es natural que la familia y la gente que acompaña esta causa y muchísima gente que está siguiendo esta causa desde hace mucho tiempo y que se ha solidarizado porque creo que la familia ha demostrado de manera suficiente que ellos no quieren despojar de ningún terreno a Yanacocha; no le quieren quitar ningún terreno y, que, por el contrario, están defendiendo la única propiedad que ellos han adquirido desde hace muchos años y siguen poseyendo hasta este momento. Esta familia no tiene otro lugar a donde ir, entonces es natural que no solamente haya indignación sino también una profunda preocupación de qué va a pasar con esta familia que todos conocen es una familia sumamente pobre que perdería lo único que tiene para poder vivir.

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Fuente: Miltón Sánchez y Luis Chávez Silva.
Fotografías: Chungo y batán.

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