Miltón Sánchez.- El día 5 de
agosto de 2014 hemos asistido a la sentencia del caso de la familia Chaupe.
Dra. ¿qué nos podría comentar respecto a este proceso judicial que se sigue en
Celendín?
J. Padilla, Juez yanacochino |
Dra. Vásquez.- Hoy, 5 de agosto de 2014, hemos venido a
escuchar la sentencia que ha emitido el Juzgado en el caso de la familia Chaupe
denunciada por la minera Yanacocha por usurpación. Estamos bastante
sorprendidos por el tema de la sentencia porque creemos que durante el proceso
nosotros hemos sostenido permanentemente que ese predio pertenece a la familia
Chaupe; hemos probado que no solamente compraron el predio sino que han sido
reconocidos como posesionarios por la propia comunidad de Sorochuco. L a
empresa minera, por su parte, no ha probado la posesión previa del predio, que
es un requisito que se tenía que haber acreditado porque la usurpación
significa que alguien despoja de su predio a otra persona que lo está
poseyendo; entonces acá la minera debió acreditar específicamente que ellos poseían
el predio Tragadero Grande. Sin embargo el Juzgado ha asumido la teoría de la
empresa, por ejemplo, la empresa ha sostenido que, en efecto, no han podido
acreditar ningún acto posesionario en Tragadero Grande; es decir no han
acreditado que hayan estado en ese lugar. La empresa minera cambió, durante el
proceso, de estrategia y empezó a decir de que en realidad su predio es mucho
más amplio, 5800 hectáreas. Primero ellos decían dos por tres metros, después
han dicho que es una hectárea; en otras oportunidades han dicho que son 20
metros, etc.. Entonces el Juez está asumiendo esta teoría y dice que la empresa
minera, efectivamente, ejercía posesión en los 5800 hectáreas y que, bueno, en
el predio Tragadero Grande no hay nada, pero el Juez asume que la carretera a Santa
Rosa que pasa a un kilómetro, es una carretera construida de propiedad de la
minera porque la empresa minera presentó como prueba un informe del Ministerio
de Transportes donde, el MT, dice que por la zona no tiene una carretera
pública. Sin embargo sabemos que el MT no tiene, en primer lugar, un catastro
de vías terminado, y, en segundo lugar, que el MT diga que esta carretera no la
construyó el ministerio como tal no quiere decir que la carretera sea de
propiedad de Yanacocha o que haya sido construida por esta empresa.
MS.- ¿Cuál es la sentencia
que ha emitido el Juez?
Dra. Vásquez.- La sentencia condena a la familia Chaupe, a
los cuatro miembros de la familia
Chaupe, como autores de delito de usurpación y los condena a dos años ocho
meses de pena privativa de libertad, pero en calidad de suspendida, y señala
también el Juez que la familia tendrá que pagar una reparación civil de 5500
soles a favor de la empresa minera de manera solidaria; y también señala que
ellos deben asumir las costas del proceso, es decir, todos los gastos que
significa llevar un juicio adelante. Lo complementario, además, es que ordena
el Juez que la familia salga del predio, restituya el predio a la empresa
minera, entregue el predio a la empresa minera y que, de no hacerlo, procederán a hacer el lanzamiento. Esa sería
la sentencia.
MS.- Hemos visto también
cómo la familia Chaupe acredita la posesión de estos bienes o de estos terrenos
con un certificado de posesión que le da la comunidad indígena de Sorochuco,
¿aceptaron estas pruebas en este proceso?
Dra. Vásquez.- Al final esto
fue aceptado, han aceptado los certificados de compra venta, el certificado de
posesión de la familia Chaupe; además eso no solamente acreditaría la posesión
de la familia Chaupe sino que además tenemos que en las actas de inspección se
ha dejado constancia de que existirían, por ejemplo, construcciones antiguas
que había hecho la familia, que existirían sembríos, que existirían algunas
chozas; sin embargo el Juez concluye de que esto solo son indicios de que la
familia ha poseído en el 94 el terreno sin embargo que ahora ya no lo posee.
Esa conclusión me parece bastante subjetiva porque en realidad está dando por
cierto lo que la empresa dice y esta simplemente está valorando el dicho de la
empresa, pero no que desvalora o considera de manera diferente la declaración y
los testimonios de la propia familia.
MS.- Lo que hemos visto
también es que el Juez argumenta que la familia ha estado en Lima trabajando, pero
nosotros vemos que esto no significaría que ellos dejan de ser propietarios
porque van a trabajar a Lima, ¿cómo lo toman ustedes y si es que van a apelar
esta sentencia?
Dra. Vásquez.- Para nosotros
es importante decir que la familia haya aceptado, porque lo han dicho
honestamente que por temporadas don Jaime, el jefe de la familia, como lo hacen
todas las familias campesinas, viajaba en tiempos de sequía a trabajar a las
ciudades; eso no significa que pierdan su propiedad o pierdan la posesión.
Ellos claramente han indicado que cuando viajaban a Lima dejaban encargado el
terreno, seguían en el terreno pastando otras personas por encargo de ellos.
Entonces nos parece que este es un argumento también bastante débil para decir
de que la familia ya no poseía el terreno. Nosotros, en efecto, hemos
interpuesto apelación, el día de hoy (5 de agosto 2014) y tenemos tres días
para fundamentar esta apelación. Lo vamos a hacer porque, como la vez pasada
creemos que esta sentencia no está arreglada a Ley, que es una sentencia en la
que nosotros vemos que no ha habido suficientes fundamentos o medio
probatorios; en todo caso los medios probatorios que se han presentado han sido
interpretados a favor de la empresa minera y nosotros vamos a interponer el
Recurso de Apelación correspondiente para que el caso pase nuevamente a la Sala
en Cajamarca, que pueda ser reevaluado y pueda hacer objeto de un nuevo
pronunciamiento que se encuentre conforme a Ley.
MS.- Eso quiere decir que
este proceso se continuaría en una instancia de apelación en la provincia de
Cajamarca, ya no en Celendín.
Dra. Vásquez.- Si, la
apelación hace que el proceso pase a una Segunda Instancia que se encuentra en
Cajamarca ya no en Celendín. Creemos que en Cajamarca la Sala, como fue la vez
pasada, tiene mejores criterios para evaluar este tema, y estamos otra vez en
el intento de que se vuelva a evaluar el caso en la Sala con la esperanza de
que allá, con los medios probatorios que se han presentado, se pueda declarar a
la familia más bien absuelta y dejar que siga en el terreno que está ocupando.
Luis Chávez.- Notamos a la familia, y
a la gente que la está acompañando en estas circunstancias, muy acongojadas,
muy tristes, ¿qué nos puede decir a todos y, en especial, a la familia?
Dra. Vásquez.- Es natural,
yo creo que la familia se sienta no solamente triste sino indignada a fallos
como éstos porque, en éstos fallos, lo que podemos ver es que hay una
interpretación claramente a favor de la empresa de todo lo que se actúa: se
toma en cuenta lo que la empresa argumenta, en cambio lo que la familia puede
argumentar, puede señalar, son cosas que no se toman en cuenta, que no se
valoran, que, finalmente, no son, de alguna manera, analizadas teniendo en
cuenta el principio de la presunción de inocencia: entonces es natural que la
familia y la gente que acompaña esta causa y muchísima gente que está siguiendo
esta causa desde hace mucho tiempo y que se ha solidarizado porque creo que la
familia ha demostrado de manera suficiente que ellos no quieren despojar de ningún
terreno a Yanacocha; no le quieren quitar ningún terreno y, que, por el
contrario, están defendiendo la única propiedad que ellos han adquirido desde
hace muchos años y siguen poseyendo hasta este momento. Esta familia no tiene
otro lugar a donde ir, entonces es natural que no solamente haya indignación
sino también una profunda preocupación de qué va a pasar con esta familia que
todos conocen es una familia sumamente pobre que perdería lo único que tiene
para poder vivir.
Imágenes
Fuente: Miltón Sánchez y Luis Chávez Silva.
Fotografías: Chungo y batán.
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