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"Cuando el ánimo está cargado de todo lo que aprendimos a través de nuestros sentidos, la palabra también se carga de esas materias. ¡Y como vibra!"
José María Arguedas

sábado, 22 de agosto de 2015

CNDDHH: ante la sentencia del TC sobre los DL que regulan el uso de la fuerza


Sentencia del Tribunal Constitucional sobre los decretos 1094 y 1095 y la aprobación del decreto legislativo 1186:

“El Estado Peruano debe garantizar la seguridad de todas y todos”

PRONUNCIAMIENTO

La Coordinadora Nacional de Derechos Humanos (CNDDHH), el Instituto de Defensa Legal (IDL) y la Asociación Pro-Derechos Humanos (Aprodeh), ante la sentencia del Tribunal Constitucional sobre los decretos legislativos 1094 y 1095 (promulgados en septiembre del 2010), y la reciente aprobación del decreto legislativo 1186, que regula el uso de la fuerza por parte de la P.N.P, se pronuncia:

1. Valoramos que la sentencia del Tribunal Constitucional (TC), publicada el pasado martes 18 de agosto, establezca que las fuerzas armadas ya no podrán disparar contra las y los ciudadanos que ejercen su derecho a la protesta; derogue parcialmente el art. 3.f. del D.L. 1095, que contenía una amplia definición de grupo hostil donde cabía, incluso, hasta un grupo de personas portando piedras; y que impida que las violaciones a los derechos humanos cometidas por efectivos de las fuerzas armadas sean juzgadas en el fuero militar (art. 27 del DL 1095).

2. Lamentamos que el TC haya dejado abierta la posibilidad para que se autorice la intervención de las Fuerzas Armadas (FFAA) sin declaratoria de emergencia (artículo 4.3 del D.L. 1095) y sin requisitos precisos, contraviniendo el artículo 137 de la Constitución. El TC ha precisado que la intervención de las FFAA solo se daría en supuestos extremos “…en los que esté en juego la vida, integridad, salud o seguridad de las personas”, siendo ésta acotación imprecisa para aceptar la intervención militar sin declaratoria previa de estado de emergencia, tal como aconteció hace tres meses en siete regiones del país con el propósito de contener las movilizaciones sociales.

3. Alertamos a la opinión pública del gravísimo riesgo que entraña la participación de las fuerzas armadas en operaciones de control del orden interno. Éstas no están preparadas ni por su entrenamiento, ni por su armamento, para hacer un uso adecuado de la fuerza en estas circunstancias. Un claro ejemplo de ello fue lo ocurrido en la ciudad de Celendín (Cajamarca) en el año 2012, donde cuatro civiles murieron como resultado de la intervención del ejército durante una manifestación.

Permitir que las Fuerzas Armadas patrullen las calles sólo servirá para crear un factor adicional de inseguridad para las y los ciudadanos, poniendo en riesgo la vida de las personas más pobres e indefensas del país, especialmente las y los jóvenes.

4. Sobre la aprobación del Decreto Legislativo 1186, nos parece fundamental que ésta haya definido los parámetros para la actuación de PNP, y recogido los principios por el cual el uso de la fuerza pública debe ser progresiva, proporcional y sobre todo de carácter excepcional en el cumplimiento de sus funciones. De este modo el decreto llena un vacío legal y elimina la amplia exoneración de responsabilidad penal de la ley 30151 (ley de licencia para matar).

5. Nos mantendremos vigilantes para que en los próximos 90 días la reglamentación de la ley permita superar situaciones ambiguas del enunciado del decreto al referir que el uso de la fuerza letal en casos de conflicto social se utilizará cuando haya riesgo “real o inminente”, mientras que en otras circunstancias se señala que el riesgo deba ser “real e inminente”.

Finalmente, ante las preocupantes declaraciones de un posible candidato a la presidencia de la república, demandando un marco legal que permita a las Fuerzas Armadas asumir funciones que corresponden a la PNP, hacemos un llamado al conjunto de colectividades políticas para que en los próximos comicios electorales asuman con seriedad la obligación de ofrecer propuestas programáticas que atiendan los problemas sustantivos del país, sin manipular irresponsablemente y con afán populista la creciente situación de inseguridad y violencia que hoy nos afecta a las y los peruanos.

Lima, 21 de agosto del 2015

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