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José María Arguedas

martes, 13 de noviembre de 2012

Tribunal Latinoamericano del Agua exhorta al Gobierno peruano a suspender Conga


El Jurado del Tribunal dictó su veredicto sobre el caso Conga en la audiencia realizada el 9 de noviembre en Buenos Aires, Argentina. El caso fue presentado por Grufides y la Plataforma Interinstitucional Celendina (PIC) contra el Estado Peruano y la empresa Yanacocha.

En su veredicto sobre el contradictorio “Amenaza cierta e inminente de afectación al derecho humano al agua y al derecho al medio ambiente por el Estado Peruano y la Minera Yanacocha S.R.L., por la ejecución del proyecto minero Conga, en las provincias de Celedin y Cajamarca, República del Perú”, el Tribunal Latinoamericano del Agua ha exhortado al gobierno peruano a la suspensión definitiva de la explotación del proyecto minero Conga.

El veredicto ha sido emitido el viernes 9 de noviembre y ha dado cierre a la Sexta Audiencia Pública que se ha llevado a cabo del 5 al 9 de noviembre de 2012.

Los Actores del contradictorio en este caso han sido el Grupo de Formación e Intervención para el Desarrollo (Grufides) y Plataforma Interinstitucional Celendina (PIC) en oposición al Estado Peruano y la Minera Yanacocha S.R.L.

En el fallo, el Tribunal Latinoamericano del Agua también ha denunciado la serie de irregularidades y nulidades en la concesión minera y el proceso de privatización del recurso hídrico y ha cuestionado las potestades de los órganos públicos como el Ministerio de Ambiente para velar de manera efectiva por el derecho de todas las personas a un ambiente equilibrado, y adecuado al desarrollo de la vida.

Además, en el veredicto, el Tribunal ha condenado la persecución y represión del movimiento social y la ausencia de participación ciudadana en la discusión y aprobación de este proyecto.

También ha recordado a las autoridades peruanas la gravedad de los hechos denunciados por los demandados y su obligación, conforme con los tratados internacionales suscritos por el país, de garantizar la vigencia de los derechos humanos fundamentales, en especial el derecho al agua.

Esta sentencia ha sido hecha en base a la jurisprudencia internacional en el reconocimiento universal del Derecho Humano al Agua, en base a la Resolución 64/292 (2010) de Naciones Unidas y en base a la propia Constitución Política peruana que garantiza como Derecho fundamental el derecho “a gozar de un ambiente equilibrado y adecuado al desarrollo de la vida”.

Veredicto
Fuente: Blog Coordinadora de Derechos Humanos

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